El juez Eugenio Romanini fundamentó la prórroga por 180 días de la prisión preventiva de Sergio Bevilaqua, Matías Bauman y Juan Mordini -imputados por el femicidio de Sofía Delgado- en la persistencia de los riesgos procesales que motivaron la medida original y en la gravedad del delito que se les atribuye.
En su resolución, Romanini señaló que los acusados “se encuentran en idéntica situación procesal” a la del momento en que se dictó la prisión preventiva y que “no se ha verificado una variación fáctica o jurídica” que permita concluir que esos riesgos hayan disminuido.
Fundamentos de la decisión
El magistrado explicó que la decisión de mantener la medida cautelar se apoya principalmente en el peligro de fuga y en el riesgo de entorpecimiento probatorio. En relación al primero, sostuvo que los imputados enfrentan la posibilidad de una pena de prisión perpetua, lo cual constituye -según expresó- “un elemento objetivo de significativa relevancia” para valorar la existencia de riesgo de evasión, dado que la severidad de la sanción “presenta un fuerte incentivo para sustraerse de la acción de la justicia”.
En cuanto al riesgo de entorpecimiento, Romanini recordó que durante la investigación se acreditaron conductas iniciales orientadas a obstaculizar la labor judicial, entre ellas el ocultamiento del cuerpo de Sofía Delgado en un sitio de difícil acceso y escaso tránsito que, incluso no figuraba en los mapas de la zona, así como la posterior limpieza de la camioneta utilizada, presumiblemente con el propósito de eliminar rastros biológicos. Estos hechos, indicó el juez, reflejan una clara capacidad y disposición de los imputados para interferir en la investigación y mantienen vigente el peligro procesal.
La defensa de Bevilaqua, a cargo de la doctora Cañavate, había solicitado el cese de la prisión preventiva argumentando el tiempo transcurrido sin acusación formal y la imposibilidad de que su defendido afecte los resultados periciales en caso de recuperar la libertad. Sin embargo, Romanini rechazó el planteo, al señalar que aún restan realizar pericias biológicas y comparaciones de ADN que resultan “determinantes para poder cerrar la etapa preparatoria”. Aclaró además que la medida cautelar “no obedece a una presunción de culpabilidad, sino a la necesidad de asegurar la sujeción del imputado al proceso y preservar la eficacia de la investigación”.
Respecto a los otros dos acusados, Bauman y Mordini, el juez consignó que sus defensores no formularon oposición expresa a la prórroga solicitada por la parte acusadora.
Romanini también hizo una advertencia a las partes sobre las declaraciones brindadas ante la prensa, luego del planteo realizado por el abogado Pablo Casella. En ese sentido, advirtió que tales manifestaciones “exceden el marco de actuación procesal y el control del tribunal”, y aclaró que, en caso de corresponder, podrían ser analizadas en el plano ético por los respectivos colegios de abogados.
Finalmente, el magistrado consideró razonable y proporcional el plazo de 180 días solicitado por la Fiscalía -representada por el fiscal Carlos Ortigoza- y la Querella -a cargo de los abogados Filipini y Maderna-, teniendo en cuenta que la causa lleva un año en trámite, que la prisión preventiva ordinaria puede extenderse hasta dos años (más uno adicional en casos complejos) y que solo restan los análisis biológicos a cargo del Instituto Médico Forense, los cuales ya cuentan con un plazo estimado de finalización.
Resolución
Por todo lo expuesto, Romanini resolvió hacer lugar al pedido del bloque acusador, prorrogar la prisión preventiva de los tres imputados por un nuevo período de 180 días, rechazar las alternativas planteadas por la defensa de Bevilaqua y fijar el vencimiento de la medida para el 7 de mayo de 2026, de acuerdo con el calendario judicial.
