El pedido ingresó a la Corte Suprema de Justicia. Previamente la jueza había dicho que no se televisará.
El petitorio presentado a la Corte con la totalidad de las firmas
El pedido de televisación de las audiencias que se realizarán la próxima semana en el marco de la causa Perassi fue presentado el viernes pasado en la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe. El mismo llevó más de tres mil firmas de organizaciones y vecinos y vecinas del Cordón Industrial, Rosario y la provincia de Santa Fe.
El pedido fue presentado el viernes de la semana pasada luego de más de un mes de trabajo de las organizaciones para reunir las adhesiones de partidos políticos, organizaciones sociales, gremiales, y personas individuales que acompañan la causa.
En el mismo expresaron: “teniendo en cuenta la situación excepcional por la pandemia de COVID-19, que dificulta se garantice la presencia del público en las audiencias, entendemos que la difusión por medios audiovisuales hace posible el derecho a la información en los caso de trascendencia pública que generan gran interés en la ciudadanía (como en este caso) y el cumplimiento del principio de publicidad que contempla la condición de ser un juicio oral y público”.
Sin embargo, el día anterior a la presentación formal del pedido de televisación, la jueza que estará a cargo de esta instancia de revisión del fallo que condenó a Gabriel Strumia y Roxana Michl, informó que no se televisará, porque no estaba previsto y porque además no había llegado un pedido formal al expediente de la causa, que es con lo que ella trabaja.
De esa manera, Bibiana Alonso, la camarista que presidirá el Tribunal integrado además por Gabriela Sansó y el juez José Luis Mascali, informó que las audiencias serán presenciales, lunes 26 y martes 27 próximo y que habrá un espacio especial para la prensa para garantizar de esa manera la publicidad de lo que ocurra en el recinto. “Una cosa es la publicidad y otra la televisación”, explicó Alonso, refiriéndose a que su rol es “garantizar la transparencia del proceso y la transparencia no es la mediatización, vamos a garantizar la publicidad por medio de la prensa”.
Revisión
En la audiencia se revisará el fallo en el que se condenó a fines del año pasado a Gabriel Strumia por ser considerado “autor penalmente responsable del delito de privación ilegal de la libertad coactiva, agravada por tratarse la víctima de una mujer embarazada”, a la pena de 17 años de prisión. Mientras que su esposa, también fue condenada como “partícipe secundaria penalmente responsable” del mismo delito, a la pena de 7 años de cárcel. De quedar firme estas condenas, el matrimonio debería ir a prisión.
Flavia Campeis